En relación a la Orden de 17 de julio de 2024 de Convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, en materia de personas mayores, personas con discapacidad, comunidad gitana, personas migrantes, personas sin hogar, solidaridad y garantía alimentaria de Andalucía, igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI, acción social, voluntariado, participación ciudadana, investigación e innovación social, en el ámbito de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, para el ejercicio 2024 (BOJA, 24/07/2024), el plazo de solicitud es de 15 días hábiles a contar desde su publicación, es decir desde el jueves, en consecuencia finaliza el 14/08/2024.
El Servicio de Gestión de Servicios Sociales es el órgano instructor de las siguientes Líneas:
Línea1:Subvenciones individuales para personas mayores
Línea2:Subvenciones individuales de Discapacidad
Línea 5:Subvenciones Institucionales para programas y mantenimiento en el ámbito de la Discapacidad.
Línea12:Subvenciones destinadas a programas de la promoción, sensibilización y formación del voluntariado
Línea 14:Subvenciones Institucionales para programas y mantenimiento en el ámbito de las personas Mayores.
Las Bases Reguladoras de las Líneas de subvenciones están recogidas por la Orden de 20 julio de 2021 (BOJA núm. 146 de 30 de julio de 2021) y Orden 24 de junio de 2024, por la que se modifica la Orden 20 de julio de 2021 (BOJA núm. 126 de 1 de julio de 2024).
En consecuencia tenemos dos grupos diferenciados, subvenciones Individuales y subvenciones Institucionales, a continuación se explica donde se puede obtener el formulario y en dónde se pueden presentar:
1.-SUBVENCIONES INDIVIDUALES:
* Los formularios para solicitar las subvenciones, se podrán obtener:
–> En el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía, en la siguiente dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/organismos/inclusionsocialjuventudfamiliaseigualdad/servicios.html
* La presentación de solicitudes se podrá hacer en los siguientes lugares y registros:
–> En la Ventanilla Electrónica de la Consejería:
–> Puede igualmente presentarse en el registro electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en la siguiente dirección:
https://juntadeandalucia.es/servicios/tramites/presentacion-documentos/peg.html
–> Para presentarlo presencialmente solo en el caso de personas físicas no entidades:
*En los registros de la Junta de Andalucía pidiendo cita al teléfono 955 062 627 y en la Delegación Territorial al teléfono 957 005 461, o pidiendo cita en la dirección de internet:
* En los registros de otras administraciones públicas, dentro del plazo reseñado, y con los sistemas establecidos por estos organismos.
* En las oficinas de correos, a través de correo certificado y con el sobre abierto para que quede sellado con la fecha tanto el original que se manda como la copia que sirve de justificante.
Para presentarlo presencialmente,
se acompaña Anexo 1 de la Línea 1 y 2:
así como nota informativa de tramitación:
HOJA INFORMATIVA SUBV INDIV DISCAP 2024
Obtención del formulario:
En el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía.
En la siguiente dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/organismos/igualdadpoliticassocialesyconciliacion/servicios/procedimientos.html?tema=Subvenciones%20y%20ayudas
El enlace al procedimiento concreto se establecerá en cada convocatoria.
Presentación de Solicitudes:
En los siguientes lugares:
10.b). Órgano al que se dirigirán las solicitudes: atendiendo al ámbito de competitividad, a la persona titular de la Dirección General con competencias en materia de personas con discapacidad o a la personas
titulares de la Delegaciones Territoriales de la Consejería con competencias en materia de servicios sociales.
10.c) Las solicitudes se podrán presentar, además de en el registro electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la dirección electrónica,
https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/accesoDirecto/CIPS/
en los siguientes lugares y registros:
– Las personas o entidades que, conforme al apartado 4.e) de este Cuadro Resumen, estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos, podrán, además de en el registro electrónico arriba señalado, presentar sus solicitudes y escritos en los siguientes registros electrónicos: Ventanilla Electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía , https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/accesoDirecto/CIPS/